Ruta de sanidad
En sanidad se puede reclamar por diversos motivos, entre los cuales:
- Por falta de intérpretes de lengua de signos en urgencias.
- Por falta de acompañamiento de un familiar.
- Por falta de accesibilidad en los centros médicos u hospitalarios.
En base de las normas que te amparan y según qué situación te encuentres, puedes ejercitar las siguientes acciones:
- En la Oficina de Atención al Paciente del centro dónde te has sentido discriminado por el hecho de ser sordo y relatar los hechos sucedidos. Puede ser tanto en el centro médico o en el servicio de urgencias. Abajo puedes descargar el formulario.
- Si no estás conforme con la respuesta, se vuelve a presentar la reclamación a Inspección de Servicios Sanitarios de tu Comunidad Autónoma. Dependiendo de la respuesta, si no estás conforme, se podría recurrir a la vía contencioso – administrativa, es decir, mediante un proceso judicial.
- También se puede reclamar en la Oficina de Atención a la Discapacidad (OADIS).
Vías de reclamación
Puedes presentar la reclamación por las siguientes vías:
- Vía telemática: a través del formulario electrónico disponible en la web, utilizando DNI Electrónico u otro certificado digital (persona física / persona jurídica o entidad) admitido.
- Presencialmente: cumplimentando el formulario correspondiente, el cual se puede encontrar al final de esta página.
- Correo postal: donde se hará constar el nombre, apellidos y domicilio, para que así puedan enviarte la copia correspondiente, así como la contestación.
Direcciones de interés
Sugerencias y quejas
Ministerio de Sanidad
Servicios Autonómicos de Salud
Directorio CCAA
Ruta – Sanidad
-
Oficina de Atención al Paciente
En tu centro médico u hospital
-
Servicios Territoriales de Sanidad
(a nivel Autonómico) Directorio
-
Asociación «El Defensor del Paciente»
-
Ministerio de Sanidad
Normativa de referencia
Marco general
- Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (artículo 25)
- Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (artículos 10 a 12)
- Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas (artículos 10.c y 20.c)
- Reglamento de las condiciones de utilización de la lengua de signos española y de los medios de apoyo a la comunicación oral para las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas (artículos 12.c y 20.c)
Marco específico – SANIDAD
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad
- Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud
- Leyes autonómicas de salud