3.3.3 Canje de la licencia o permiso de conducir
Si usted es persona extranjera, para conducir legalmente un vehículo en España, debe poseer una licencia o permiso de conducir válido y legal.
CONDUCIR EN ESPAÑA |
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Si usted es nacional de un país de la UE o de Noruega, Islandia y Liechtenstein, necesita |
- El expedido por su país (formato europeo) |
Si usted es nacional de cualquier otro país y está como turista en España, necesita |
- El permiso de conducir internacional y el permiso de conducir de su país de origen |
Si usted es nacional de cualquier otro país y tiene residencia en España, necesita |
- Durante los 6 primeros meses desde la obtención de la residencia, el permiso de conducir internacional y el permiso de conducir de su país de origen |
Si es usted nacional de un país no miembro de la UE con el que España haya firmado un convenio para el canje de permiso de conducir, necesita |
- Presentar su solicitud en la Dirección General de Tráfico, adjuntando la siguiente documentación: 1. Solicitud en impreso oficial que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico y en la página Web de la DGT (www.dgt.es) 2. Acreditación de identidad y residencia: a. Documento Nacional de Identidad o Pasaporte: original en vigor. b. Autorización de residencia o documento de identidad de su país o pasaporte, junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros para extranjeros comunitarios: original en vigor. c. Autorización de Residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor. Tarjeta de residencia en vigor. 3. Informe de aptitud psicofísica emitido por un Centro de reconocimiento para conductores autorizado por la Jefatura Provincial donde se dirija la solicitud. 4. Permiso de conducción: original en vigor y fotocopia. 5. Fotografía actualizada: una original de 32 x 26 mm. 6. Talón foto, que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico: cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente. 7. Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido a intervención o suspensión del que se posea. 8. Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción, ya sea expedido en España o en otro país comunitario, de igual clase que el solicitado. - Los países con los que España ha firmado convenios para el canje de permisos son: Andorra, Argelia, Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Corea del Sur, Croacia, Ecuador, Japón, Marruecos, Perú, República Dominicana, Paraguay, Suiza, Uruguay, Venezuela, Brasil, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Serbia, Turquía, Túnez, Ucrania. |
Infórmese en la Jefatura Provincial de Tráfico que le corresponda según el municipio donde resida, de si usted puede o no canjear su permiso de conducir. Puede encontrar el directorio en la página web de la Dirección General de Tráfico: www.dgt.es
Para más información sobre trámites jurídicos puede informarse en las siguientes direcciones web |
SITIOS WEB OFICIALES |
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Ministerio de Empleo y Seguridad Social |
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Ministerio del Interior |
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Comunidades Autónomas |
Consulte el cuadro con webs de las CC.AA que aparece al inicio de esta Guía |