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Miércoles, 19 Febrero 2020 13:21

Legislación española específica en materia de lengua de signos

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La lengua de signos española y la lengua de signos catalana están reconocidas mediante la ley estatal 27/2007. En el ámbito autonómico, Cataluña y Andalucía también cuentan con legislación: la ley catalana 17/2010 y la ley andaluza 11/2011, así como varios Estatutos de Autonomía: Andalucía, Aragón, Canarias, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura e Islas Baleares, así como la lengua de signos catalana en Cataluña. A su vez, encontramos distintas referencias a la lengua de signos en variadas leyes y normativas.

Destacar que el Consejo de Patrimonio Histórico acordó en 2018, que la lengua de signos española y la lengua de signos catalana, así como sus manifestaciones culturales, sean declaradas parte del Patrimonio Cultural Inmaterial.

Como muchas lenguas minoritarias, las lenguas de signos han estado largo tiempo marginadas y relegadas al uso personal pero, pese a prohibiciones y obstáculos, se han mantenido vivas y sus comunidades lingüísticas han protegido y transmitido su patrimonio de generación en generación. Las lenguas de signos en España han pasado de una situación puramente doméstica a una situación como la de hoy en día, en la que su uso trasciende a cada vez más ámbitos y contextos sociales.

Visto 6771 veces Modificado por última vez en Martes, 01 Septiembre 2020 07:03