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3.9.3 Personas lesbianas, gays, transexuales y bisexuales (LGTB)

Los derechos de las personas LGTB en España cuentan con una legislación que reconoce el derecho a adquirir matrimonio entre personas del mismo sexo y a la adopción de hijos/as por parte de personas del mismo sexo: Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio.

Igualmente, existen servicios cuyo objetivo es evitar situaciones de discriminación por razones de orientación e identidad sexual, y dirigidos a informar y orientar a las personas LGTB. Estos servicios son tanto públicos como privados, gestionados por las Comunidades Autónomas, los municipios y entidades sociales del movimiento asociativo de personas LGTB.

  • Comunidades Autónomas y municipios

En algunas Comunidades Autónomas y municipios existen servicios específicos que ofrecen asesoramiento, orientación y apoyo a las personas LGTB que incluyen:

  • Acogida e información
  • Atención social
  • Atención psicológica
  • Apoyo en búsqueda de empleo
  • Atención jurídica
  • Sensibilización y formación

Se trata de servicios que ofrecen apoyo tanto a las personas LGTB como a su entorno familiar y relacional.

  • Las Entidades Sociales

El movimiento asociativo LGTB tiene una gran importancia y fuerte presencia en todo el territorio español. Desde las asociaciones de personas LGTB, además de sensibilizar a la sociedad, se ofrecen diferentes servicios a las personas LGTB:

  • Centros de atención e información
  • Asesoramiento jurídico, psicológico y médico
  • Grupos específicos de personas sordas y de personas inmigrantes
  • Oficina de denuncias

En la página web de la Federación Estatal de Personas Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGTB) encontrará un directorio de asociaciones de personas LGTB en todo el territorio españolwww.felgtb.org

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